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Foto del escritorAndrés Blay Blanc

Al declarar una herencia en Cataluña también se deben incluir estos bienes poco conocidos.

En la base imponible de una herencia dentro del territorio catalán para liquidar el impuesto sobre sucesiones, además de añadir los bienes existentes a nombre de la persona fallecida en la fecha de defunción, se deben incluir otros bienes que no constaban de su titularidad.


¿Cuáles son los bienes adicionables en una herencia en Catalunya en 2021?


1- Los que hayan pertenecido a la persona difunta hasta un año antes de la defunción, a menos que entre los bienes de la herencia haya otros bienes que los sustituyan. 2- Los bienes y derechos que durante los tres años anteriores a la defunción hubieran sido adquiridos por la persona fallecida en usufructo, a título oneroso (​Contratos más comunes como de compraventa, el arrendamiento, la sociedad, la permuta, etc.) y en nuda propiedad por las personas herederas, legatarias, familiares dentro del tercer grado o pareja de cualquiera de ellos o de la persona fallecida. 3- Los derechos y bienes que la persona fallecida haya transmitido a título oneroso, durante los cuatro años anteriores a la defunción, con la reserva de usufructo de este bien o de otro bien, u otro derecho vitalicio. Existiendo la excepción de los contratos de renta vitalicia con una entidad dedicada a estos negocios. 4- Los valores y efectos depositados, en supuestos de endoso.


Todos estos supuestos son presunciones de la ley que permiten que la Agencia Tributaria de Catalunya adicione estos bienes y derechos a la herencia, y que las personas interesadas en la herencia, se opongan, mediante la prueba de la inexistencia o improcedencia.

Los bienes adicionables no computan en el cáculo del ajuar domestico en la ley catalana de sucesiones.


Ajuar domestico en joyas

Por último hay que tener en cuenta que en el cálculo del ajuar doméstico en una herencia en Catalunya (los efectos personales, utensilios domésticos, bienes muebles de uso particular, joyas, obras de arte o automóviles, si no tienen un valor muy relevante) no se debe incluir en la base de cálculo el valor de los bienes adicionales.

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