Ejemplo práctico del impuesto de sucesiones en el que una madre y su hijo aceptan la herencia de su padre a partir de mayo de 2020.
Un padre fallecido en Barcelona nombra heredero, en su testamento, a su hijo mayor de edad y usufructuaria universal de toda la herencia, a su mujer de 62 años de edad. El valor total de la herencia neta es de 1.300.000 euros. En el momento de fallecer el padre, el patrimonio preexistente del hijo era en el de 200.000 euros y el de la madre de 600.000 euros.
Liquidación que ha de hacer la madre viuda usufructuaria:
Valoración del usufructo: 1.300.000,00 x 27% (89 - 62, que es la edad de la usufructuaria)
(puede calcular el usufructo en esta calculadora de usufructo)
Caudal hereditario fiscal: 1.300.000 euros.
Participación de la persona contribuyente en el caudal hereditario: 351.000 euros.
Base imponible real: 351.000 euros.
Reducción por parentesco: 100.000
Base liquidable real: 251.000 euros.
Hasta los 150.000 euros paga 14.500 euros. El resto del importe (101.000 euros) tributa al 17% pagando 17.170 euros, debiéndose sumar ambos importes.
La cuota íntegra es de 31.670 euros.
A la cuota íntegra resultante hay que aplicarle el coeficiente multiplicador por parentesco y patrimonio preexistente según marca Las Tarifas y Coeficientes de la Agencia Tributaria de Cataluña, en este caso, se debe multiplicar por 1,1 por ser grupo II (pareja) y tener un patrimonio preexistente de más de 500.000 euros.
La cuota tributaria será de 34.837 euros.
Finalmente se aplica la bonificación de la cuota tributaria que determina la Administración, dicha bonificación en este caso es de 34.488,63 euros.
La cuota final a ingresar por la madre usufructuaria es de 348,37 euros.
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